sábado, 21 de marzo de 2026

Requisitos para ser Agente o Subagente municipal


De acuerdo con el artículo 20 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los requisitos son:

* Ser ciudadana o ciudadano veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos, originario de la congregación o ranchería que corresponda o con residencia efectiva en su territorio no menor de tres años anteriores al día de la elección;

* No ser ministro de algún culto religioso;

* No ser servidor público en ejercicio de autoridad, en los últimos 60 días anteriores al día de la elección ordinaria, o a partir del quinto día posterior a la publicación de la convocatoria para la elección extraordinaria; y

* No tener antecedentes penales por la comisión de delitos realizados con dolo, exceptuando aquellos en los que se hayan concedido los beneficios de conmutación o suspensión condicional de la sanción.

Además, de conformidad con el artículo 172 del citado ordenamiento se establece que:

* Quienes hayan fungido como propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato siguiente.

* Quienes hayan tenido el carácter de suplentes, sí podrán ser electos para el periodo inmediato siguiente como propietarios, siempre que no hayan estado en funciones.

Las y los Agentes y Subagentes Municipales durarán en el cargo hasta cuatro años y no podrán extenderse más allá del 30 de abril del año de la elección de quienes deban sucederlos.

Son servidoras y servidores públicos que funcionarán en sus respectivas demarcaciones como auxiliares de los Ayuntamientos, por lo que recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes.

Sus responsabilidades están establecidas en el artículo 62 de la Ley Orgánica del Municipio Libre.

¿Qué es un Agente Municipal?

Un Agente Municipal es un servidor público que actúa como representante del Ayuntamiento en una localidad específica (como una agencia o delegación), auxilia a las autoridades y a la comunidad, haciendo cumplir reglamentos locales, promoviendo servicios y participando en el desarrollo comunal, siendo elegido o designado según la ley local. Sus funciones incluyen mantener el orden, gestionar servicios, informar al ayuntamiento y coordinar con vecinos, actuando como un enlace entre el gobierno municipal y la población local.

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